Cuales son los GRUPOS de las NIIF NIC en Colombia

Cuales son los GRUPOS de las NIIF NIC en Colombia según la ley 1314 de 2009 ?

Quienes pertenecen al Grupo 1 – NIIF Plenas

a) Emisores de valores;

b) Entidades de interés público;

c) Entidades que tengan activos totales superiores a treinta mil (30.000) SMMLV o planta de personal superior a doscientos (200) trabajadores; que no sean emisores de valores ni entidades de interés público y que cumplan además cualquiera de los siguientes requisitos:

i. Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF;

ii. Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF;

iii. Realizar importaciones (pagos al exterior, si se trata de una empresa de servicios) o exportaciones (ingresos del exterior, si se trata de una empresa de servicios) que representen más del 50% de las compras (gastos y costos, si se trata de una empresa de servicios) o de las ventas (ingresos, si se trata de una compañía de servicios), respectivamente, del año inmediatamente anterior al ejercicio sobre el que se informa, o

iv. Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF.

Quienes pertenecen al Grupo 2 – NIIF para Pymes

El decreto 3022 de 2013 ya mencionado establece que son aquellos que no pertenezcan ni al grupo 1 ni al grupo 3. Por lo anterior, es necesario determinarlo en forma inversa, así:

  • NO Cotizar en Bolsa (No ser emisores de valores)
  • NO Captar y/o Colocar masivamente dineros del Público (No ser Entidad de Interés Público)
  • NO Ser subordinada o sucursal de una compañía nacional o extranjera que aplique NIIF Plenas y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
  • NO Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF Plenas y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
  • NO Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de Ias compras o de las ventas respectivamente y que adicionalmente la entidad cuente con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 SMMLV
  • Tener menos de 200 empleados. Si tiene más de 200 empleados puede pertenecer al grupo 2 SI NO no cumple con los requisitos del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones o adiciones (Grupo 1)
  • Tener activos totales inferiores a 30.000 SMMLV (año base 2013 $17.685.000.000). Si tiene activos superiores a 30.000 SMMLV puede pertenecer al grupo 2 SI NO no cumple con los requisitos del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones o adiciones (Grupo 1)
  • Una Microempresa con INGRESOS SUPERIORES a 6.000 SMMLV (año base 2013 $3.537.000.000)

¿Cómo será el Cronograma de Implementación?

Tal como ocurrió con los Grupos 1 y 3, el Grupo 2 deberá ceñirse al siguiente cronograma:

Año de Preparación Obligatoria: Del 1 de Enero de 2014 a Diciembre 31 de 2014

Año de Transición: Del 1 de Enero de 2015 a Diciembre 31 de 2015

Últimos Estados Financieros emitidos bajo los decretos 2649/93 y 2650/93: Diciembre 31 de 2015. En este año deberá emitir dos juegos de Estados Financieros, es decir, Bajo el decreto 2649/93 y cumpliendo la NIIF para las Pymes (IFRS for SME)

Año de Aplicación: A partir del 1 de Enero de 2016

Primer Periodo de Aplicación: Del 1 de Enero de 2016 a Diciembre 31 de 2016 

Microempresas podrán voluntariamente aplicar NIIF para las Pymes

Las entidades que se clasifiquen en el Grupo 3 denominadas MICROEMPRESAS, conforme a lo dispuesto en el Decreto 2706 de 2012, o la norma que lo modifique o sustituya, podrán voluntariamente aplicar la NIIF para las Pymes.

En este caso deben cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Deberán cumplir con todas las obligaciones que de dicha decisión se derivarán. En consecuencia, para efectos aplicarán el cronograma antes señalado (artículo 3° del decreto 3022 de 2013)
  • Deberán PERMANECER mínimo tres (3) años
  • Deberán informar al ente de control y vigilancia correspondiente o dejar la evidencia pertinente para ser exhibida ante las autoridades facultadas para solicitar información 

Quienes pertenecen al Grupo 3 – NIIF Microempresas

(a) Personas naturales o jurídicas que cumplan los criterios establecidos en el art. 499 del Estatuto Tributario (ET) y normas posteriores que lo modifiquen. Para el efecto, se tomará el equivalente a UVT, en salarios mínimos legales vigentes.

(b) Microempresas que tengan Activos totales excluida la vivienda por un valor máximo de quinientos (500) SMMLV o Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores que no cumplan con los requisitos para ser incluidas en el grupo 2 ni en el literal anterior.

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